Instituto Electoral del Estado de México

María del Carmen Pinete Vargas sugiere en su iniciativa reformar el artículo 26 de la Constitución, sancionar con mil 037 pesos e inhabilitar por un año el uso de la credencial del INE como identificación a quienes no emitan su sufragio

La diputada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), María del Carmen Pinete Vargas se voló la barda con una idea sacada de los archivos del autoritarismo, y es que presentó una propuesta que frenaría la libre decisión de los ciudadanos de asistir libremente a votar o no, sin ser obligados por nadie, ya que sugiere que a quienes no ejerzan su derecho de acudir a emitir su sufragio, se le inhabilite por un año la utilización de su credencial del Instituto Nacional Electoral (INE) como identificación oficial, así como a pagar una multa de mil 37 pesos.

La legisladora del Verde, que presentó esta polémica iniciativa que propone reformar el artículo 36 de la Constitución, violaría los derechos humanos al truncar la libre decisión de los mexicanos de votar por algún candidato a algún puesto de elección popular, o por decidir no votar por alguien si no ve una buena propuesta de gobierno. Con esta propuesta se le obligaría a votar por alguien, aun en contra de no comulgar con las propuestas del posible candidato.

La iniciativa de reforma ya fue turnada a las comisiones de Puntos Constitucionales para dictamen, y a la de Reforma Política Electoral para opinión.

La diputada Verde señala que el artículo 36 de la Carta Magna establece que votar no solo es un derecho, sino una obligación de los ciudadanos, sin embargo, esto no se cumple. Sin embargo, lo que la legisladora desconoce es que México es un país libre en el que los ciudadanos tienen la particular decisión de acudir o no a votar, y no ser forzados a votar por alguien que no cumple con sus expectativas.

ANTECEDENTE

En América Latina donde se violan los derechos humanos de los ciudadanos y se les castiga con multas por no acudirá a votar son Argentina, Uruguay, Brasil y Perú.

En Argentina, el Código Electoral Nacional impone pagar una multa de 50 a 500 pesos argentinos, es decir, entre 9 y 89 pesos mexicanos.

En el caso de Uruguay, la Ley de Reglamentos de Obligatoriedad del Voto advierte que la multa por no votar iría de entre los 500 a los 2,000 pesos uruguayos, que en la conversión en pesos mexicanos sería de entre los 243 a los 969 pesos.

En Brasil el Código Penal y el Electoral imponen pagar una multa de entre el 3 y el 10 por ciento del salario mínimo, dependiendo de la región del país, si es de región pobre, clase media o alta.

En Perú, el costo de la multa depende de la provincia del país y la clasificación de la región de zona No Pobre, Pobre o Pobre Extremo, por lo que la multa a pagar oscilaría entre los 22 y los 86 soles, es decir, en la conversión en pesos mexicanos sería entre los 115 y los 460 pesos.