Instituto Electoral del Estado de México

En los días recientes una polémica de dos pistas, quizá de tres, como los circos europeos, comienza a abrirse paso en la actividad política. Sus componentes son transparencia, inmunidad o fuero y evolución democrática.

Algunas personas, seguramente contaminadas por la propaganda del panismo saliente han supuesto en la existencia del Instituto Federal de Acceso a la Información (con todos sus agregados), la prueba más fehaciente de la evolución democrática nacional. Muchos lo creen, menos la realidad.

Los recientes desfiguros de una institución sobre cuya cabeza pende como de la crin de un caballo la espada de Damocles, nos demuestran lo fallido de ese empeño nacional. Ya desde su campaña electoral Enrique Peña Nieto actual presidente de la República tenía como proyecto modificar esa institución, dotarla de mayores facultades y construirle un consejo más amplio y representativo de los interese sociales. Pero por ahora todo esta detenido mientras los negros acaban de cenar.

Pero junto con la transparencia de la información hacia la sociedad hay otra en paralelo. La vigilancia de los haberes de los servidores públicos desde el interior a través de una Contraloría cuya base de datos se inició a partir de las declaraciones de los propios interesados sobre su patrimonio, ya sea en disimularlo, encubrirlo o presentarlo de manera tan esquemática como para hacer inútil el requisito.

Sin embargo el uso político de esa información es de evidente utilidad. Y de eso hay una prueba reciente: el punto de acuerdo para obligar al gabinete del Presidente Peña a desnudarse en público, después de su parcial “estriptis”.

Si bien un punto de acuerdo y una llamada a misa tienen la misma utilidad no sucede con el impacto mediático y de propaganda de una de esas campanadas. Sobre todo cuando se les enlaza con una oferta espontánea del presidente (en sus tiempos de campaña) de hacer público aquello a lo cual la ley no lo obliga.

Cuando se vino la fecha de las presentaciones el gabinete en pleno (excepto Jesús Murillo Karam) presentó un listado parcial o simplemente incompleto de los bienes de sus integrantes. Con eso nada lograron, excepto ponerse en la línea de tiro en medio un campo de maniobras desde el cual las oposiciones hallar bella oportunidad para acatar y disparar.

Pero como toda medida de pantalla, la Contraloría nunca ha servido para nada. Y menos cuando os funcionarios del gobierno, están protegidos por una ambigüedad (por no llamarla contradicción) en el texto constitucional. La Carta Magna, cuya redacción a veces parece obra de marcianos o esquizofrénicos, dice primero una cosa y después otra. Por una parte prohíbe los fueros y por la otra los consagra. Vea usted y recuerde:

“Articulo 13. Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar mas emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley. Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo, podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al ejercito. cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda.

“Artículo 111. Para proceder penalmente contra los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de despacho, los diputados a la Asamblea del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el Procurador General de la República y el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, así como el Consejero Presidente y los Consejeros electorales del Consejo General del Instituto Federal Electoral, por la comisión de delitos durante el tiempo de su encargo, la Cámara de Diputados declarará por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, si ha o no lugar a proceder contra el inculpado”. De ahí se deriva el famoso juicio de procedencia. Y de ahí también todas la manipulación política de la justicia.

Si llevamos las cosas al extremo, mientras no sea derogado el artículo 111 no será cierto el contenido del decimotercero.

Por eso vale la pena analizar con detenimiento la iniciativa del gobernador de Veracruz, Xavier Duarte de Ochoa, cuya finalidad es acabar con los fueros burocráticos, pues eso son en el fondo.

Si Duarte logra consenso legislativo en ese propósito, habrá dado un importante paso adelante en la aplicación de la equidad ciudadana como principio de convivencia.

Author: Rafael Cardona

Rafael Cardona

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